El país ya empieza a moverse al ritmo del calendario electoral. Este 8 de marzo Colombia saldrá a votar por Senado, Cámara y las consultas presidenciales de los partidos, una jornada que siempre viene acompañada de cifras que pueden confundirlo.
Apenas cierran las urnas, empiezan a circular pantallazos, porcentajes y cadenas con supuestos resultados definitivos. En medio de ese revolcón de números, conviene tener claro qué dato es oficial, cuál es informativo y cómo funciona realmente el conteo, para no confundirse ni dejarse meter los dedos en la boca.
Para evitar enredos, la Registraduría Nacional del Estado Civil, explica cómo se cuentan, revisan y oficializan los votos en Colombia.
¿Cuál es la diferencia entre preconteo y escrutinio en las elecciones?
Según la información de la Registraduría, el preconteo es el conteo rápido que se divulga el mismo domingo por la página oficial y los medios de comunicación.
Ese resultado tiene carácter informativo. Muestra una tendencia inicial, pero carece de valor jurídico vinculante. El dato oficial solo existe cuando concluye el escrutinio.
El escrutinio es la función pública mediante la cual se verifican y consolidan los votos depositados por cada candidato y lista. En este se revisa mesa por mesa lo que quedó consignado en las actas firmadas por los jurados.
¿Qué papel cumplen los formularios E-14 y por qué son tan importantes?
Los formularios E-14 son las actas de escrutinio de mesa que suscriben los jurados al cierre de la votación. Ese documento contiene el resultado oficial de cada mesa.
La Registraduría precisa que, si hay diferencias entre el preconteo y lo publicado en un E-14 en su página web, prevalece el acta. El preconteo orienta; el E-14 respalda jurídicamente.
Los documentos electorales firmados por jurados y comisiones escrutadoras son los que tienen la información oficial. Por eso, las comparaciones apresuradas pueden generar interpretaciones equivocadas.
¿Qué pasa cuando hay tachones en el acta o toca recontar votos?
Durante el escrutinio, las comisiones revisan las actas. Si aparecen tachaduras, enmendaduras en nombres de candidatos o dudas sobre los resultados, el Código Electoral ordena recuento.
El artículo 164 establece que la comisión no puede negar la solicitud cuando en el acta de los jurados existan esas inconsistencias. Esa señal abre la puerta a revisar nuevamente los votos depositados.
El recuento busca confirmar que las cifras consignadas coincidan con lo que realmente se votó. Hace parte del procedimiento legal y garantiza que el resultado final refleje lo ocurrido en la mesa.
Si existen desacuerdos frente a decisiones de las comisiones escrutadoras, las apelaciones pueden ser resueltas por instancias superiores, incluidos los delegados del Consejo Nacional Electoral, según corresponda.
¿Cuándo comienza el escrutinio y hasta cuándo se extiende?
De acuerdo con la Ley 1475 de 2011, las comisiones distritales, municipales y auxiliares inician el escrutinio el mismo día de la votación, tras el cierre de urnas.
El proceso avanza con las actas que van llegando y se desarrolla hasta las 12:00 de la noche. Si no concluye, continúa al día siguiente desde las 9:00 a. m. hasta las 9:00 p. m., y así sucesivamente hasta terminar.
¿Quiénes integran las comisiones escrutadoras?
Las comisiones escrutadoras están integradas por ciudadanos designados por autoridades judiciales o electorales, según el nivel del escrutinio.
En el caso auxiliar o zonal y el distrital o municipal, el Tribunal Superior del Distrito Judicial nombra a dos ciudadanos. Esos miembros deben ser jueces, notarios o registradores de instrumentos públicos.
En las comisiones auxiliares actúa como secretario el registrador zonal o auxiliar, y en las distritales o municipales, los registradores correspondientes.
Para el escrutinio general, el Consejo Nacional Electoral designa a dos ciudadanos que hayan sido magistrados de altas cortes, del mismo Consejo, de tribunales o profesores de Derecho. Allí actúan como secretarios los delegados del Registrador Nacional del Estado Civil.
En resumen: siga así los resultados sin enredos
El día de elecciones los números corren más rápido que los rumores. El preconteo muestra tendencias desde temprano, pero el resultado que vale legalmente es el del escrutinio.
Conviene mirar siempre la fuente oficial, revisar los datos publicados por la Registraduría Nacional del Estado Civil y entender que el E-14 es el soporte real de cada mesa.
Si aparece una diferencia entre cifras del domingo y actas oficiales, el proceso de escrutinio es el que aclara. Entender esa ruta permite seguir la jornada con cabeza fría y sin dejarse confundir por cifras sueltas.