Elecciones

Colombianos tendrían tres días libres tras elecciones: se adelantaron las vacaciones

Algunos empleados, finalizadas las elecciones, podrán cobrar varios días de descanso sin que se vean afectados su salario y sus vacaciones.

Composición | Magnific - Colprensa Días libres por jornada electoral.

Este domingo 21 de junio es un día clave para el país, pues se llevan a cabo las elecciones de la segunda vuelta presidencial, en las que se conocerá el nombre de la persona que liderará el gobierno por los próximos cuatro años.

Para estas votaciones, al igual que en la primera vuelta, estaban habilitados más de 41 millones de personas para votar, y se espera que haya una buena asistencia en las urnas para derrotar el abstencionismo.

Además de tener voz propia para elegir candidato y ejercer su derecho al voto, los ciudadanos que participen activamente de las elecciones, podrán reclamar múltiples beneficios.

Uno de ellos, es el medio día libre para quienes voten. Sin embargo, lo que muchos no saben es que algunos colombianos, finalizadas las elecciones, podrán cobrar varios días de descanso sin que se vean afectados su salario y sus vacaciones.

Le pueden dar tres días de descanso tras las elecciones

Como es bien conocido, quienes voten y aquellos que fueron seleccionados como jurados de votación, tienen derecho a pedir unas jornadas libres, las cuales, si se acumulan, podrían darles largos descansos.

Por un lado, la Ley 403 de 1997, establece en su artículo 3, que todas las personas que hayan ejercido su derecho al voto recibirán, a modo de incentivo, medio día de descanso compensatorio remunerado, el cual puede pedirle a su empleador.

Por su parte, el artículo 105 del Decreto 2241 de 1986, señala que Los jurados de votación que trabajen en el sector público o privado tendrán derecho a un (1) día compensatorio de descanso remunerado.

En ese sentido, los jurados de votación que también hayan ejercido su derecho al voto, podrán solicitar una jornada y media de descanso, acumulando ambos beneficios.

Además de eso, quienes hayan sido jurados de votación y hayan votado en la primera y segunda vuelta, podrían disponer de un total de tres días compensatorios, si llega a juntar los beneficios otorgados por las dos jornadas electorales.

Pilas porque los días libres se vencen

Es importante tener en cuenta que la ley establece un periodo de tiempo máximo para solicitar los beneficios de días libres por jornadas electorales.

En el caso del medio día compensatorio por votar, el plazo es de máximo 30 días después de las elecciones; mientras que el beneficio por ser jurado de votación, se extiende hasta los 45 días posteriores a los comicios.

En ese sentido, quienes quieran aprovechar acumulados los beneficios de la primera y segunda vuelta, tendrán desde este 21 y hasta el próximo 30 de junio para hacerlo, teniendo en cuenta que ese día se cumple el plazo para pedir el medio día libre de la primera vuelta del pasado 31 de mayo.

Plazos para beneficios de votantes

  • Primera vuelta: 31 de junio
  • Segunda vuelta: 21 de julio

Plazos para beneficios de jurados de votación

  • Primera vuelta: 15 de julio
  • Segunda vuelta: 5 de agosto

¿Es posible acumular todos los días libres de las elecciones?

De acuerdo con lo establecido por la ley, el trabajador deberá ponerse de acuerdo con el empleador para pactar la fecha en la cual gozará de sus días de descanso, sin que se vean afectadas sus labores o la operación de la empresa.

Así las cosas, un trabajados podrá acumular sus días libres siempre y cuando su jefe esté de acuerdo y se encuentre dentro de los plazos definidos.

En el caso de los empleados que en ambas elecciones fueron jurados de votación y votaron, podrían tener la posibilidad de acumular tres días libres. Incluso, en un escenario ideal, podrían utilizarlos en los días cercanos al puente festivo del 29 de junio (antes del 31 de junio) para poder tener casi una semana de descanso remunerado.