Amor y Amistad

¿Lo pueden echar por jugar Amigo Secreto en el trabajo? Esto dice la Ley

Un abogado laboral explica en Alerta si las prohibiciones del Código Sustantivo del Trabajo incluyen al amigo secreto.

El numeral 6 del artículo 60 del Código Sustantivo del Trabajo (CST) tiene la siguiente prohibición para los empleados:

Hacer colectas, rifas y suscripciones o cualquier clase de propaganda en los lugares de trabajo.

Debido a que el artículo 62 del CST (numeral 6) establece como causa justa de despido "cualquier violación grave de las obligaciones o prohibiciones especiales" del artículo 60, muchos se preguntan si actividades como jugar al amigo secreto pueden llevar a que las personas pierdan su empleo.

En entrevista con el programa 'A chupar barrote', de Alerta 104.4 FM, Juan Sebastián Perdomo Ardila, abogado experto en temas laborales, aclaró las dudas que han surgido al respecto justo cuando empieza septiembre, mes del Amor y la Amistad, cuando los empleados suelen organizarse de forma informal para compartir un detalle con sus compañeros.

¿Se puede perder el trabajo por jugar el amigo secreto en la oficina?

El amigo secreto es un juego que suele organizarse en espacios cercanos y consiste en darle un regalo a una persona de la que no se conoce su identidad completamente. A veces, se pone un costo máximo para el detalle.

La idea es entregar el regalo al final de mes, en una reunión, después de una serie de dinámicas como endulzar a la persona o darle algunas pistas. Algunos malintencionados podrían tomar eso como una colecta o una suscripción. Sin embargo, el abogado Perdomo Ardila hace un llamado especial.

El experto aclara que, si se hace en un espacio informal, no habría ningún problema: "... El amigo secreto, siempre y cuando sea algo natural, algo que sea como de de amigos, que no haya una formalidad... y se haga de manera espontánea, no hay ningún problema".

Así las cosas, los líos empezarían si se utiliza un medio oficial o se envía un mensaje formal para promover la actividad: "¿Cuál sí es el problema? Que lo publique, que lo hagan como muy formal dentro de la empresa".

No obstante lo que dice el Código Sustantivo del Trabajo, el abogado aclaró que hay un principio del derecho que va más allá de las formalidades: "Hay un principio en derecho que es el principio de la realidad sobre las formas. Muchas veces el derecho es muy estricto en los códigos: 'No puede, no puede'. Pero yo una vez trabajé en una empresa y se hizo de manera natural: hasta el jefe participó".

Para el experto, más que ponerse muy legalista, hay que mirar la realidad social: "Hay que mirar el contexto de nuestra sociedad, el contexto de donde vivimos, la naturaleza de las empresas...".

Neycer de la Rosa Mazo, también abogado, indicó que muchas veces los empleados hacen estas celebraciones, como los cumpleaños, fuera de su horario laboral, lo que no les presenta problemas. Y que si toman un tiempo de su trabajo, tienen autorización. Se trata de un tema de "la colaboración y la hermandad", dijo De la Rosa.