El Impuesto Predial Unificado es una obligación anual que deben cumplir quienes tienen bienes inmuebles ubicados en Bogotá. Este tributo es una de las principales fuentes de financiación del Distrito, ya que permite sostener programas sociales, ejecutar obras públicas y fortalecer servicios que impactan directamente a la ciudadanía.
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Este impuesto aplica para una amplia variedad de predios, entre ellos lotes, apartamentos, casas, edificios, locales comerciales, bodegas, fábricas, parqueaderos, depósitos, predios dotacionales, terrenos no urbanizables y propiedades rurales dedicadas a actividades agrícolas. En todos los casos, el pago se hace una sola vez al año por cada predio.
Están obligadas a cumplir con este deber tributario las personas que tengan alguna de las siguientes calidades sobre el inmueble:
- Propietario, quien puede demostrar legalmente la titularidad del bien.
- Poseedor, quien ejerce control y uso del predio sin contar con documentos formales, pero actuando como dueño.
- Usufructuario, quien tiene derecho al disfrute y explotación del inmueble, previa autorización del propietario, conforme al artículo 823 del Código Civil.
La condición de propietario o usufructuario se acredita mediante el certificado de libertad y tradición.
Cumplir a tiempo con esta obligación evita intereses, sanciones y procesos de cobro, además de contribuir al desarrollo social y financiero de la capital.
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¿Cómo diferir el pago del impuesto predial 2026 en Bogotá?
Para el año 2026, el Distrito habilitó el Sistema de Pago Alternativo por Cuotas (SPAC), una opción pensada para quienes necesitan distribuir el valor del impuesto sin afectar su economía. Este mecanismo permite diferir el pago del predial en cuatro cuotas iguales y sin intereses.
Para acceder al SPAC, es obligatorio presentar la declaración inicial a través de la Oficina Virtual de la Secretaría Distrital de Hacienda antes del 8 de mayo de 2026. Una vez hecho este trámite, el pago se podrá efectuar en las siguientes fechas:
- Primera cuota: 5 de junio de 2026.
- Segunda cuota: 14 de agosto de 2026.
- Tercera cuota: 2 de octubre de 2026.
- Cuarta cuota: 4 de diciembre de 2026.
Esta alternativa busca facilitar el cumplimiento del impuesto y reducir el riesgo de mora, especialmente para hogares y pequeños propietarios.
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Fechas de pago, descuentos y cómo pagar el predial 2026 en línea
Quienes tengan la posibilidad de cancelar el impuesto en un solo pago pueden acceder al descuento por pronto pago del 10 %. Para 2026, el calendario definido es el siguiente:
- Hasta el 17 de abril de 2026: pago con 10 % de descuento.
- Hasta el 10 de julio de 2026: pago sin descuento, fecha límite.
La consulta y el pago del Impuesto Predial 2026 se realizan de forma virtual a través del botón Pagos Bogotá, ubicado en la parte superior derecha del sitio web de la Secretaría Distrital de Hacienda.
El procedimiento consiste en ingresar a la plataforma, seleccionar Predial 2026, diligenciar los datos solicitados, verificar el valor liquidado y completar la transacción.
Durante el proceso, el sistema ofrece la posibilidad de hacer un aporte voluntario, que puede ser de hasta el 10 % adicional sobre el valor del impuesto.
Esta contribución aplica también para los impuestos de vehículos e Industria y Comercio (ICA) y se destina a proyectos de desarrollo urbano y social. En 2025, este aporte alcanzó cerca de 1.600 millones de pesos, con más de 24.000 contribuyentes participando.
Finalmente, el Distrito recordó que el impuesto de vehículos 2026 también contará con facilidades de pago.
Las facturas estarán disponibles en Pagos Bogotá a partir del 1° de febrero, y quienes lo deseen podrán acogerse al SPAC para vehículos, que permite pagar en dos cuotas sin intereses, siempre que la declaración inicial se presente antes del 12 de junio de 2026.